Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI): Aspectos Clave y Procedimientos en República Dominicana

 

Descubre cómo cumplir con el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) en República Dominicana. Procedimientos, exenciones y plazos para un cumplimiento eficiente."

¿Qué es el IPI?

El Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) es una contribución anual que afecta el patrimonio inmobiliario de Personas Físicas y Fideicomisos en República Dominicana.

Gravamen del Impuesto

Para el año 2023, el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario IPI recae sobre el total del patrimonio de los Fideicomisos y, para Personas Físicas, sobre el patrimonio que excede los RD$9,520,861.00. Este patrimonio incluye inmuebles destinados a viviendas, actividades comerciales, profesionales, industriales, y solares urbanos edificados o no.

Exenciones:

El IPI del 2023 exime los inmuebles que formen parte de un patrimonio inferior a RD$9,520,861.00, así como las viviendas cuyos propietarios tengan 65 años o más y sean su único patrimonio. También están exentos los inmuebles en zonas rurales agropecuarias y los acogidos a la Ley No. 158-01 sobre Fomento Turístico.

Registro de Inmuebles

Para registrar un inmueble y cumplir con el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario IPI, sigue estos pasos:

  1. Completa y firma el Formulario de Recepción de Documentos para la Declaración de Inmuebles (IPI) (FI-DVB-001).
  2. Aporta documentos como el Título de Propiedad, Mensura Catastral, Plano de la mejora edificada (si aplica), y cédulas de identidad.
  3. La tasa para Personas Físicas en el 2023 es del 1% sobre el excedente del patrimonio que supere RD$9,520,861.00. Para Fideicomisos, se aplica el 1% sobre el valor de los inmuebles.

Revaluación y Desacuerdo

Si no estás de acuerdo con la valoración de Impuestos Internos, solicita una revaluación presentando el Formulario de Solicitud de Inspección de Inmueble (FI-DVB-006). También puedes elevar un Recurso de Reconsideración.

Plazos y Pagos del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario IPI

El Impuesto al Patrimonio Inmobiliario IPI se paga en dos cuotas semestrales. La primera cuota vence el 11 de marzo y la segunda el 11 de septiembre. Puedes pagar en línea a través de varios bancos o en las Administraciones Locales.

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Impuesto al Patrimonio Inmobiliario IPI: Recargos por Mora

Pagar después de la fecha límite conlleva recargos. Un 10% de recargo por mora el primer mes, un 4% mensual progresivo, e indefinido, y un 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes de retraso.

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