El Certificado de Título de Propiedad del Inmueble es un documento de suma importancia en cualquier transacción relacionada con bienes raíces. Según el artículo 91 de la ley 108-05, este certificado es emitido y respaldado por el estado dominicano para certificar la existencia de un derecho real de propiedad y la titularidad sobre el mismo. Esencialmente, este certificado asegura que un inmueble pertenece al titular registrado.
Quién puede Emitir Certificado de Título de Propiedad del Inmueble?
Únicamente el registro de títulos en la jurisdicción inmobiliaria está autorizado para emitir este documento. Es importante destacar que existe un único certificado de título, que se guarda en los archivos del registro de títulos. Sin embargo, se emite un duplicado del mismo a los usuarios, conocido como «duplicado del dueño», que corresponde al propietario del inmueble.
El formato del certificado de título es específico y contiene varios elementos clave. En la parte superior derecha, se encuentran datos esenciales, como la matrícula o código de barras único del inmueble, la fecha y hora de inscripción, y números que indican el libro y folio donde está inscrito el inmueble. También se menciona la localidad, superficie del inmueble en metros cuadrados, el escudo y emblema del registro de títulos, así como la designación catastral que identifica la ubicación del inmueble.
El cuerpo del certificado incluye una descripción general del inmueble, datos del propietario, la forma de adquisición y la fecha de inscripción. Al pie del documento, se encuentran códigos de barras y numeración que hacen referencia al expediente de inscripción. Además, cuenta con la firma del registrador autorizado.
Este documento es fundamental para cualquier transacción relacionada con el inmueble, ya que certifica la titularidad y el derecho de disposición sobre el mismo. Sin embargo, pueden surgir dudas sobre qué hacer en caso de errores en el certificado o si se pierde.
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¿Qué pasa si mi título tiene un error?
Si encuentras un error en tu Certificado de Título, puedes corregirlo a través del proceso conocido como revisión por causa de error material. Es importante destacar que este proceso solo aplica para errores que no afecten la esencia del derecho, su objeto, su sujeto ni su causa. Los errores puramente materiales son aquellos que se deben a errores tipográficos, mecanográficos u omisiones.
Por ejemplo, si tu nombre está mal escrito, un dígito de tu cédula está incorrecto, o tu estado civil está erróneo en el título, estos errores pueden considerarse como materiales. Sin embargo, si el error afecta aspectos como el número de parcela, la cantidad de metros cuadrados del inmueble o la designación catastral, se requiere un proceso más riguroso.
Para corregir un error material en tu Certificado de Título, debes presentar una instancia o carta al organismo correspondiente explicando el error y proporcionando documentos que respalden la corrección necesaria. Por ejemplo, si el error es en tu nombre, apellido o número de cédula, puedes aportar tu documento de identidad o acta de nacimiento.
Es importante determinar qué organismo cometió el error para dirigir la solicitud de corrección correctamente. Si el error fue cometido por el Registro de Títulos, la corrección debe solicitarse allí. Si fue cometido por otro organismo, como un tribunal de tierras, la solicitud debe dirigirse a ese órgano.
Si se determina que el error fue cometido por el usuario, debido a un contrato incorrecto o documento de identidad erróneo, corresponde al usuario velar por la corrección y luego solicitar la corrección internamente en la jurisdicción inmobiliaria.
En resumen, para corregir un error en tu Certificado de Título, debes seguir estos pasos y proporcionar la documentación necesaria para respaldar la corrección requerida.
¿Qué hacer si tu terreno no tiene título?
Si te encuentras en la situación en la que posees un terreno pero no cuentas con un Certificado de Título que lo respalde, es importante saber qué pasos seguir. En primer lugar, es crucial comprender que, según el principio tercero del Registro Inmobiliario, el estado dominicano es el propietario originario de todos los terrenos en el país que no tengan una titularidad demostrada. Esto significa que, en ausencia de un certificado de título, se presume que el terreno pertenece al estado.
Para resolver esta situación, existe el proceso de saneamiento, que es un procedimiento mediante el cual se formaliza la inscripción de un inmueble por primera vez en el Registro de Títulos y se emite su Certificado de Título. Este proceso consta de tres fases principales.
La primera fase es la técnica, en la cual un agrimensor se encarga de realizar las mediciones del terreno para determinar sus dimensiones y límites. Luego, sigue la fase judicial, que se lleva a cabo en el Tribunal de Tierras correspondiente, donde participan los titulares del terreno y las partes colindantes. Finalmente, la fase de registro es fundamental, ya que todo acto sobre el inmueble debe estar debidamente registrado para que sea reconocido legalmente.
Es importante mencionar también el deslinde administrativo, que es un proceso más ágil y directo que se realiza si no hay oposición al saneamiento. Sin embargo, si alguna parte se opone, el proceso puede pasar a la fase judicial para resolver cualquier disputa.
El proceso de saneamiento es fundamental para regularizar la situación de los terrenos sin título en la República Dominicana y obtener el Certificado de Título correspondiente
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¿Qué es el deslinde y para qué sirve?
El deslinde es un procedimiento realizado para formalizar el derecho de propiedad que está respaldado en una Constancia Anotada, con el fin de que su titular pueda determinar su ocupación del resto de la parcela original, registrar su plano individual y obtener su Certificado de Título. Este proceso se realiza de manera completa y en un único acto, asegurándose de que no queden restos sin deslindar.
En República Dominicana, el deslinde se divide en tres fases: técnica, legal y registrada, según los pasos realizados por el agrimensor y el abogado. La fase legal se incluye únicamente cuando sea necesaria y requiera actuaciones legales y comparecencia de abogados.
Para iniciar el proceso de deslinde, se requiere una serie de documentos, entre los que se encuentran la solicitud de autorización dirigida a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, firmada por el o los propietarios y el agrimensor contratista, debidamente notariada. También se necesitan copias de la Constancia Anotada o acto de transferencia, poderes de representación, certificaciones de registro de títulos correspondientes, entre otros documentos dependiendo de la situación específica.
Una vez obtenida la autorización, se procede con la realización del deslinde, que incluye la obtención de actas de hitos y mensura, plano general, informe técnico, plano individual por parcela, entre otros documentos necesarios para completar el proceso. Además, se deben realizar notificaciones a los colindantes, publicaciones en periódicos, pago de tasas e impuestos correspondientes, entre otros requisitos legales.
Es importante cumplir con todos los requisitos y procedimientos establecidos para llevar a cabo el deslinde de manera adecuada y obtener el Certificado de Título que formalice el derecho de propiedad sobre el terreno.
La obtención del Certificado de Título es fundamental en la República Dominicana para garantizar la seguridad jurídica de la propiedad. Desde la identificación y corrección de errores hasta el deslinde de terrenos sin título, cada paso contribuye a asegurar los derechos de los propietarios y brindar tranquilidad sobre la legalidad de la propiedad.